Las comunidades de la Sierra de Santa Cruz, ubicadas en los municipios de El Estor y Livingston del departamento de Izabal a la opinión pública nacional e internacional, expresan:
Hace ya más de un año que las Comunidades Indígenas Q´eqchí presentamos una ACCION CONSTITUCIONAL DE AMPARO ante la SALA III DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO CIVIL solicitando el reconocimiento y respeto al territorio que habitamos y de donde extraemos los frutos de nuestra Madre Tierra para nuestra sobrevivencia y de más de 600 familias.
En esa acción constitucional se hace un recorrido histórico con fuentes fidedignas en el que plasmamos, que incluso, mucho antes de la “invasión española” existieron asentamientos indígenas Q´qchí en la Sierra de Santa Cruz. En consecuencia y de acuerdo a nuestra propia Constitución Política; al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; a la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas y a la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas dicho territorio de 246 caballerías, es TERRITORIO ANCESTRAL DE LAS COMUNIDADES Q´EQCHI.
Este territorio ancestral del Pueblo Q´qchí, que nuestros antepasados nos legaron desde tiempos inmemoriales nos lo pretenden despojar ex militares, políticos y empresarios, incluyendo al exministro de Energía y Minas, Carlos Meany, y el Banco G&T y su Financiera, quienes aprovechando la crisis institucional que se produjo en el Instituto Nacional de Transformación Agraria (INTA) y las “mafias” existentes en en esa dependencia; en el Registro de la Propiedad Inmueble; notarios y funcionarios corruptos, crearon una “red mafiosa” que se inventó una finca que incrustaron con una serie de anomalías evidentes, en el territorio Q´eqchí de la Sierra de Santa Cruz que siempre fue un terreno baldío en posesión de comunidades indígenas.
Ante la evidente ilegalidad y falsedad de las inscripciones registrales la en el año 2012 SALA III DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO CIVIL, CONSTITUIDA EN TRIBUNAL DE AMPARO decretó el AMPARO PROVISIONAL y al resolver en definitiva DECLARO CON LUGAR EL LA ACCION CONSTITUCIONAL, OTORGANDO AMPARO DEFINITIVO en el sentido de 1) SUSPENDER DURANTE DOS AÑOS TODA INSCRIPCION REGISTRAL DE LAS FINCAS QUE ILEGALMENTE OCUPAN EL TERRITORIO ANCESTRAL DEL PUEBLO INDIGENA Q´EQCHÍ. 2) DENTRO DE ESE PLAZO SE DEBERAN INTERPONER LAS ACCIONES LEGALES QUE CORRESPONDAN ANTE ORGANOS DE JUSTICIA ORDINARIOS PARA DEJAR SIN EFECTO ESAS INSCRIPCIONES ILEGALES; SENTENCIA EN CONTRA DE LA CUAL PRESENTARON RECURSO DE APELACION LAS EMPRESAS INTERESADAS EN EL DESPOJO QUE ESTARÁ RESOLVIENDO PROXIMAMENTE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD.
Las Comunidades Indígenas Q´eqchí que solicitamos AMPARO presentamos, el 5 de marzo de 2014, UN RECURSO DE APELACION el que deberá de RESOLVER PROXIMAMENTE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD como máximo ente jurisdiccional responsable de la justicia constitucional en Guatemala y es entonces SU RESPONSABILIDAD HACER EFECTIVO EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO QUE INCLUYE EL RECONOCIMIENTO DE LOS TERRITORIOS INDIGENAS ANCESTRALES QUE LA CONSTITUCION POLITICA; EL CONVENIO 169 DE LA 0IT Y LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS UNIDOS DE LAS NACIONES UNIDAS RECONOCEN; DECLARANDO CON LUGAR EL AMPARO PEDIDO PARA QUE SE DEJE SIN EFECTO TODAS LAS INSCRIPCIONES ILEGALES QUE DIERON ORIGEN AL PRETENDIDO DESPOJO QUE SE QUIERE HACER EN CONTRA DE LAS 23 COMUNIDADES INDIGENAS Q´EQCHÍ DE LA SIERRA SANTA CRUZ, DE LOS MUNICIPIOS EL ESTOR Y LIVINGSTON, IZABAL.
Guatemala, 20 de junio del 2014.