Sr. César Bernardo Arévalo de León
Presidente Constitucional
De la República de Guatemala
Pte.
Presidente Arévalo:
Las organizaciones firmantes, tomando en cuenta una serie de iniciativas y situaciones que se dan a nivel nacional, queremos expresar, por medio de esta carta abierta, nuestra preocupación por varios hechos que se han dado en la coyuntura nacional.
Nos preocupa sobremanera la aprobación del decreto ley No. 35-2024 recién aprobado por el Congreso de la República en el que se atribuyen funciones que atentan contra los derechos humanos; en particular, el artículo 60 de dicha ley, al presumir que el uso de las armas de fuego es un acto ordenado por la ley y, por otro lado, la calificación de “agresor” de la persona que resulte herida o asesinada, esto representa una regresión en cuanto a pactos derechos tratados y convenios internacionales sobre derechos humanos, ratificados por el estado de Guatemala. Esa formulación, en lugar de establecer, con claridad, las circunstancias y propósitos para el uso de las armas de fuego, abre la puerta para que, además del uso de gases lacrimógenos, cañones de agua y balas de goma, ahora los agentes de la PNC puedan usar sus armas de fuego en contra de la población. La experiencia que tenemos como organizaciones indígenas y campesinas es que las fuerzas de seguridad han hecho uso de armas de fuego para reprimir las manifestaciones y protestas sociales, como sucedió, entre otros, en la masacre en Alaska, cometido contra el pueblo K’iche’ en Totonicapán o los atentados, el año pasado, contra las concentraciones en Retalhuleu y ahora, con esta formulación, se corre el riesgo de que se incrementen ese tipo de actuaciones.
Adicionalmente, en esta nueva ley, además de dos o tres formulaciones sobre los Derechos Humanos, no existe, dentro de la estructura de la PNC, ningún ente que se responsabilice de velar por el cumplimiento de los Derechos Humanos, ni se plantean mecanismos específicos de fiscalización orientados a proteger y promover los derechos individuales y colectivos. Lo expresado en el párrafo anterior y la inexistencia de una estructura que a lo interno garantice los derechos humanos conllevará una mayor posibilidad de violaciones a los derechos humanos. Por lo anterior, planteamos que esa ley no sea sancionada, con el fin de que el organismo legislativo realice las correcciones pertinentes.
Como población organizada, demandamos, retomamos y respaldamos el clamor de la población en relación al alto costo de la vida. Consideramos que el ejecutivo tiene una serie de instrumentos a utilizar contenidos en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección al Consumidor relativas a los precios, adulteración, acaparamiento, especulación, desabastecimientos o negativa a vender; así como lo relativo a la publicación engañosa, bienes deficientes, información al consumidor y cumplimiento de normas que en la actualidad no se respetan; sin embargo, al haber voluntad política de proteger a la población, existen suficientes mecanismos para contribuir a bajar el alto costo de la vida.
En muchas ocasiones, ese alto costo está relacionado con la posición de dominio, concentración económica o control económica que las empresas ejercen, a pesar de que la Constitución de la República, establece claramente como parte de las obligaciones del Estado, que debe de “Impedir el funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad” y la defensa de consumidores y usuarios. Un ejemplo de estas malas prácticas está en el alto precio de las medicinas, en comparación a otros países de Centroamérica. La violación de las prohibiciones y combate ante prácticas monopólicas se pueden enfrentar con controles en cuanto a peso, calidad, precio; fortalecer la producción campesina de alimentos y permitir el ingreso de productos industriales más baratos. En esencia, planteamos que es necesario que el ejecutivo desarrolle un papel más activo para enfrentar el alto costo de la vida.
Estas medidas necesitan complementarse con la aprobación del aumento al salario mínimo. No puede enfrentarse el alto costo de la vida con salarios de miseria o con aumentos que en nada impactan la vida de las familias guatemaltecas. Es inaceptable que los congresistas se hayan auto recetado un aumento de varios miles de quetzales o que empresas y empresarios tengan ingresos de decenas de miles de quetzales y no se atienda el esfuerzo y aporte de la población trabajadora. En manos del ejecutivo está que por lo menos se aumente el 10% del salario mínimo, estando claros que este incremento no satisface ni cumple con las necesidades básicas de las familias de los trabajadores del campo y la ciudad, además se debe de actuar de manera tutelar verificando el cumplimiento del aumento del salario mínimo, tal y como establece el Código de Trabajo, para que se cumpla lo establecido en materia laboral, ya que en muchos lugares ni siquiera se paga el salario mínimo actual.
Finalmente, hacemos un llamado a verificar la distribución de insumos que está haciendo el MAGA ya que hemos tenido información de cobros que realizan las alcaldías o la utilización interesada y política repartiendo los insumos haciendo propaganda o entregando únicamente a sus correligionarios. Consideramos que se deben erradicar y sancionar las prácticas clientelares tan comunes en el pasado.
Mantendremos la atención a las medidas que se tomen ante los planteamientos expresados y actuaremos en correspondencia de dichas medidas.
Consejo Campesino Nacional
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